Me acabo de hacer un seguro del hogar y, leyendo las coberturas que me ofrece, me encuentro con el siguiente epígrafe.
Sustitución temporal de aparato de TV:
«Si como consecuencia de un siniestro el asegurado no pudiera disponer de su aparato de TV, el asegurador pondrá a su disposición otro aparatao de similares características al afectado…»
El epígrafe en cuestión no aparece en referencia a neveras, lavadoras, lavavajillas u otros electrodomésticos. Curiosamente, solo se considera imprescindible reponer la televisión pues se asume que sin los demás aparatos se puede vivir sin problemas hasta que el seguro los restituya ¿curioso, no?
Pues que exagerado me parece.